Dirección de Obras Públicas
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Nivel: Directivo
Denominación del Empleo: Director Operativo
Código: 009
Grado: 02
No. de cargos:
Naturaleza del cargo 1
Libre Nombramiento y Remoción
Dependencia Dirección de Operativa de Obras Públicas
Cargo del Jefe Inmediato Alcalde
II. AREA
Dirección Operativa de Obras Públicas
III. PROPOSITO PRINCIPAL
Dirigir la formulación, evaluación y ejecución de los proyectos de infraestructura, obra pública y de vivienda, contemplados en el plan de desarrollo, el EOT, y demás planes municipales.
IV. FUNCIONES ESENCIALES
1. Planear, coordinar, diseñar, construir y controlar la ejecución de las obras de infraestructura física, así como adelantar su mantenimiento y conservación, ya sea desarrollándolas directa o
indirectamente de acuerdo con los lineamientos del Plan de Desarrollo del Municipio.
2. Elaborar planes y proyectos necesarios para la ejecución de las obras públicas municipales, contempladas en el plan de desarrollo.
3. Definir políticas en materia de infraestructura pública, y formular los planes, programas y proyectos de desarrollo sectorial en el Municipio.
4. Dirigir la ejecución de los programas de construcción, remodelación de las carreteras veredales, vías, puentes y demás obras que correspondan adelantar al Municipio.
5. Determinar las especificaciones técnicas de las licitaciones y demás procesos de contratación de las obras públicas que vaya a realizar el Municipio
6. Velar por la correcta ejecución e interventoría de las obras de infraestructura que se lleven a cabo por el sistema de contratación.
7. Coadyuvar con el diseño, elaboración y presentación proyectos que en materia de construcción de obras públicas deba adelantar el Municipio.
8. Velar porque se ejecuten técnica y correctamente los proyectos de infraestructura que se lleven a cabo en la Administración mediante contratación pública.
9. Ejercer control de la programación de actividades durante la construcción de las obras de infraestructura contratadas. Igualmente, velar porque se le dé cumplimiento a lo pactado, recibir obras y
realizar las actas correspondientes.
10. Velar el mantenimiento eficiente de los establecimientos y edificios públicos que correspondan al Municipio, así como dirigir y controlar las obras de infraestructura que adelante o que deleguen al
Municipio otras entidades.
11. Apoyar coordinadamente con otras dependencias o instituciones a las comunidades organizadas mediante la asesoría técnica para las obras de infraestructura que involucren la participación
comunitaria.
12. Elaborar los presupuestos de las obras que adelante el Municipio y calcular cantidades de obra consultado los precios de mercado y las cotizaciones actualizadas, así como las proyecciones de
costos.
13. Dar asistencia técnica a las organizaciones comunitarias en cuanto al diseño, construcción y mantenimiento de obras, facilitándoles materiales y apoyo técnico.
14. Supervisar el control de la calidad de los materiales empleados en las obras y exigir a los contratistas que estos sean óptimos.
15. Controlar la correcta señalización de las vías públicas que los trabajos de infraestructura exijan.
16. Coordinar el mantenimiento permanente del alumbrado público.
17. Velar por el funcionamiento de las instalaciones eléctricas y alumbrado de escuelas, veredas, escenarios deportivos y demás sitios públicos que se le indiquen.
18. Diagnosticar el deterioro de las instalaciones eléctricas, proponer los respectivos arreglos y prevenir sobre posibles daños.
19. Dirigir la ejecución de proyectos de vivienda con énfasis en las de interés social, que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de la población.
20. Apoyar en la coordinación para la formulación de planes y programas de vivienda con entidades públicas y privadas, mediante la suscripción de convenios o contratos.
21. Apoyar la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal y los planes de inversión, en materia de infraestructura.
22. Dirigir y ejecutar proyectos de vivienda con énfasis en las de interés social, que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de la población.
23. Desarrollar directamente o en asocio con entidades autorizadas, programas de construcción, adquisición, mejoramiento, reubicación, rehabilitación y legalización de títulos de vivienda de interés
social.
24. Brindar asistencia técnica y social a los hogares beneficiados, mediante el desarrollo del proyecto de mejoramiento de vivienda, acorde con la normatividad vigente.
25. Llevar un registro estadístico actualizado sobre las obras construidas o reparadas y sobre la destinación asignada a dicha infraestructura.
26. Realizar la operación, mantenimiento, seguimiento y reparación de los vehículos automotores, los equipos y maquinaria pesada del municipio y la maquinaria agrícola del municipio.
27. Apoyar todas las actividades inherentes a la prevención y atención de riesgos y desastres.
1. Efectuar las supervisiones en la ejecución de programas, convenios y/o contratos de su área
2. Las demás funciones inherentes al cargo que le sean asignadas por el jefe inmediato
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
• Ley 152 de 1994, estatuto de planeación en las entidades públicas.
• Formulación y evaluación de proyectos con la metodología General Ajustada- MGA
• Banco de proyectos de inversión pública
• Interventoría de obras
• Planes de Ordenamiento Territorial
• Software especializado para seguimientos a proyectos de infraestructura
VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA VII. ALTERNATIVAS
Título profesional en disciplina académica de ingeniería civil o arquitectura del área de conocimiento de ingeniería, arquitectura, urbanismo y afines. Seis (6) meses de experiencia profesional.
VIII. COMPETENCIA COMPORTAMENTALES
• Orientación a resultados
• Orientación al usuario y al ciudadano
• Transparencia
• Compromiso con la Organización
• Liderazgo
• Planeación
• Toma de decisiones
• Dirección y Desarrollo de Personal
• Conocimiento del entorno
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Fecha de publicación 27/06/2023
Última modificación 08/07/2023